lunes, 20 de marzo de 2017



La Gerencia social 

En el marco de la Constitución Política de Colombia -artículos 339 al 344- se establecen las bases para la implementación del Sistema de Planificación del Desarrollo. Colombia, país en vía de desarrollo, tiene el reto de forjar una sociedad más próspera y equitativa mediante un cambio radical en las condiciones sociales, económicas, ambientales e institucionales. Estos cambios, sin duda, requieren del desarrollo de procesos participativos del Estado, la sociedad civil, el sector productivo y la academia, en donde los mandatarios de turno orienten las acciones públicas de su competencia, asegurando el uso eficiente de los recursos y el desempeño adecuado de sus funciones en procura del bienestar de la población. Esto es gerenciar el desarrollo en una entidad territorial.

En materia de desarrollo se establece una relación entre el plan de desarrollo, el plan de ordenamiento territorial y los planes sectoriales de educación, salud y medio ambiente. Las bases legales para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control se encuentran en las siguientes normas: Ley 152 de 1994 que fija la obligatoriedad de la nación y las entidades territoriales para elaborar sus respectivos planes de desarrollo; Ley 388 de 1997 que estableció a los municipios la obligación de adoptar e implementar planes de ordenamiento territorial; las Leyes 115 de 1994 y 100 de 1993 indican que los entes territoriales deben formular planes que contengan las principales estrategias para la ejecución de las competencias que les han sido transferidas en las áreas de educación y salud, respectivamente, para el cumplimiento de las funciones del Estado. Por su parte la Ley 99 de 1993 establece la obligatoriedad de los municipios y departamentos para formular y desarrollar planes integrales ambientales. El fundamento de los planes y programas de desarrollo de un país o región es el contingente poblacional con que se cuenta, sus necesidades y las potencialidades existentes. 

En efecto la población es, por una parte, condicionante de los escenarios actuales y futuros del desarrollo en los componentes de salud, educación, nutrición, equidad, pobreza, participación y paz, como producto del tamaño, crecimiento, estructura y distribución espacial; por la otra, la población es a su vez condicionada por cambios en cada uno de los componentes como, las condiciones de vida y, por ende, las variables demográficas básicas como la fecundidad, la mortalidad y las migraciones.

A partir de los procesos de planeación, ejecución, seguimiento, evaluación y control político, social, fiscal e institucional las acciones de las entidades territoriales se orientan básicamente al desarrollo económico, el desarrollo social y el desarrollo ambiental sostenible, donde el eje de dichas acciones es el hombre, como sujeto activo del desarrollo integral.

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